PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN Y RÉGIMEN JURÍDICO

Iniciación y ordenación del procedimiento administrativo - Instrucción y terminación del procedimiento - Invalidez...

(Coordinador)

En la presente obra, heredera de la dedicada a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común (LRJ-PAC), con una segunda edición que la adaptó a la reforma operada por Ley 17/2009, tratamos de analizar el «Procedimiento administrativo común» y el «Régimen Jurídico» de la Administración, atendiendo ahora a las dos leyes por las que la materia ha pasado a regirse: la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). Vaya por delante que la división entre estas leyes, que recuerda a la distinción entre la LRJAE de 1957 y la LPA de 1958, no nos parece adecuada, pero es la que hay y, en conjunto, forman el sistema básico de Derecho administrativo en España. Por si fuera poca esta división, las nuevas leyes dejan en vigor, de forma separada, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTG).
Así, tras una introducción, sobre el procedimiento administrativo, su regulación y principios, trataremos la iniciación y ordenación del procedimiento administrativo, título en el que cabe encuadrar no sólo lo que la LPAC rubrica de este modo sino también cuestiones conexas como los órganos administrativos y sus competencias, los interesados, la lengua de los procedimientos, los registros administrativos y los medios técnicos y copias.
A continuación, se aborda la instrucción del procedimiento. Una vez más, no se trata únicamente de lo que la ley así denomina. También los derechos, la colaboración y la comparecencia de los ciudadanos.
Con la terminación del procedimiento, podemos apuntar también la conclusión del mismo mediante convenio, la obligación de resolver y el régimen del silencio, la producción y contenido de los actos administrativos, su motivación y forma, y, finalmente, la notificación o publicación de los mismos.
Posteriormente, procede estudiar la eficacia de los actos y, a tal efecto, los procedimientos de ejecución. Sin ejecución, el acto sería una mera declaración de intenciones. Por eso, es absolutamente necesario conocer cómo se ejecutan los actos de la Administración.
Debemos luego detenernos en el régimen de validez, o invalidez, de los actos administrativos y, como corolario, los procedimientos administrativos de revisión de oficio y los recursos administrativos, para poner de manifiesto tal invalidez.
Pasamos ya a los procedimientos especiales, atendiendo al procedimiento sancionador y la responsabilidad patrimonial de la Administración.
Una perspectiva práctica inspira esta obra, que incluye formularios y casos prácticos. Por supuesto, todos los formularios y casos han sido creados para fines didácticos, de forma que la referencia a personas, entidades o situaciones es puramente ficticia y cualquier coincidencia será casual.

Coordinador
Colección
Derecho Administrativo Práctico
Número en la colección
3
Materia
Administrativo
Idioma
  • Castellano
EAN
9788490454534
ISBN
978-84-9045-453-4
Depósito legal
GR. 1165/2016
Páginas
440
Ancho
17 cm
Alto
24 cm
Edición
3
Fecha publicación
26-10-2016
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Sobre Francisco García Gómez de Mercado (coordinador)

  • Francisco García Gómez de Mercado
    es Abogado especialista en Expropiación y Urbanismo, Contratación pública y pri-vada, Agua y Energía, Pleitos y Arbitraje. Licenciado en Derecho y Diplomado en Derecho Civil Catalán por la Universidad de Barcelona (1987). Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Ma-dri... Ver más sobre el autor

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