LA RESERVA DE DOMINIO EN EL CONCURSO

Tradicionalmente se ha entendido por reserva de dominio el pacto, anejo a un contrato de compraventa, por el cual las partes establecen que la transmisión de la propiedad de la cosa vendida no tenga lugar hasta el completo pago del precio por el comprador. No obstante, esta configuración no es la única que se predica de esta cláusula.
En realidad, la naturaleza jurídica de la reserva de dominio es una cuestión que ha sido tremendamente discutida por la doctrina, y que en la actualidad sigue dando lugar a intensos debates. A ello ha contribuido la promulgación de las distintas leyes de venta a plazos de bienes muebles, en donde hasta hace no mucho tiempo se regulaba casi con carácter exclusivo los efectos de esta cláusula. En estas leyes la doctrina ha querido ver distintos argumentos a favor de alguna de las teorías existentes acerca de la naturaleza jurídica de la reserva de dominio, y es que esta materia ha estado siempre muy mediatizada por la regulación contenida en la legislación sobre venta a plazos de bienes muebles.
Todo ello ha dificultado la determinación de los efectos derivados de esta cláusula y, en particular, la resolución de cuestiones de gran trascendencia práctica como quién debe soportar los riesgos por pérdida o deterioro de la cosa vendida, a quién corresponden los frutos, pero sobre todo, qué efectos produce frente a terceros, en particular, qué acciones puede ejercitar el vendedor en caso de enajenación del bien o embargo por parte de acreedores del comprador, y en casos análogos qué medios de defensa puede utilizar el comprador, qué ocurre en las situaciones de concurso de acreedores, etc.
La promulgación en el año 2003 de la nueva Ley concursal nos brinda una preciosa oportunidad para adentrarnos en esta materia con nuevos instrumentos con los que intentar dar solución a alguna de las cuestiones anteriormente planteadas. Por otra parte, el análisis de la posición que el vendedor a plazos con reserva de dominio ocupa en el concurso puede ser muy revelador acerca de si la intención del legislador ha sido la de acercar esta cláusula a los derechos reales de garantía, tal y como venía propugnando un sector de la doctrina, aplicándole los principios que rigen en la materia.
La parte central de este trabajo estará por ello dedicada al estudio de la reserva de dominio en la Ley Concursal, y, en particular, de la posibilidad que tiene el vendedor a plazos de recuperar el bien ?reduciendo con ello la masa activa del concurso?, o si por el contrario, va a ser considerado como un acreedor más, incorporado a la masa pasiva, y en este caso, si se le concede alguna preferencia para el cobro de su crédito, de modo semejante a como ya dispone la Ley Venta a Plazos de Bienes Muebles para las ejecuciones singulares. El trabajo se centrará especialmente en el análisis de la posición del vendedor o financiador a plazos con reserva de dominio en los casos de ventas a plazos de bienes muebles sometidos a la legislación específica. No obstante, se hará referencia a otros supuestos de ventas a plazos con reserva de dominio, así como a la posición del comprador en conflictos con terceros acreedores del vendedor.
Con carácter previo se analizarán distintas cuestiones relacionadas con la reserva de dominio, su naturaleza, efectos y regulación, sobre todo a la vista de la LVPBM. Ello nos permitirá una mejor comprensión del régimen establecido en la nueva Ley Concursal y en qué medida éste ha supuesto una auténtica innovación respecto del régimen anterior.

ABREVIATURAS
INTRODUCCIÓN

Primera parte
LA RESERVA DE DOMINIO: REGULACIÓN, NATURALEZA Y EFICACIA

I.   Consideraciones previas acerca de la reserva de dominio
II.   Teorías acerca de la naturaleza jurídica de la reserva de dominio
III.   Regulación
IV.   La reserva de dominio en la LVPBM
1.   La inscripción en el Registro y sus efectos. El registro de bienes muebles.
2.   Los procedimientos especiales para el cobro y recuperación de los bienes vendidos a plazos
3.   La preferencia crediticia del acreedor en el contrato de venta a plazos
4.   Los procedimientos de ejecución colectiva
5.   La reserva de dominio a favor del financiador a comprador

Segunda parte
LA RESERVA DE DOMINIO EN LA LEY CONCURSAL

I.   Incidencia de la Ley Concursal en la materia
II.   La reserva de dominio en la Ley Concursal: consideraciones generales
III.   Clasificación del crédito derivado de una compraventa a plazos con reserva de dominio
1.   El artículo 90.1.4. LC.: «créditos con privilegio especial»
2.   Compraventas a plazos con reserva de dominio incluidas en el artículo 90.1.4.º LC
2.1.   Las ventas a plazos de bienes muebles sometidas a la legislación específica
2.2.   Otras ventas a plazos
2.2.1.   Contratos de venta a plazos de bienes muebles excluidos de la LVPBM
2.2.2.   Contratos de venta a plazos de bienes inmuebles
IV. Efectos del concurso sobre las ejecuciones
1.   Efectos del concurso sobre ejecuciones y apremios. Regla general
2.   Efectos del concurso sobre la ejecución de garantías reales, incluida la reserva de dominio
2.1.   Ámbito de aplicación: acreedores con garantía real y asimilados
2.2.   Los bienes afectos a la actividad empresarial o profesional del concursado en contraposición a los bienes «necesarios» para la continuación de la actividad. Su determinación
2.3.   La ejecución sobre bienes afectos a la actividad empresarial o profesional del concursado
2.3.1.   La paralización/suspensión de las ejecuciones
2.3.2.   Continuación de las ejecuciones en las que se hubieran publicado los anuncios de subasta
2.3.3.   El concurso del tercer poseedor
2.3.4.   La opción de pago del crédito con privilegio especial sin realización del bien
2.3.5. El inicio o reanudación de las ejecuciones
2.4.   La ejecución sobre bienes no afectos a la actividad empresarial o profesional del concursado
2.5.   Pago de créditos con privilegio especial
2.6.   Recapitulación: Incidencia de la LC en los procedimientos de que dispone el vendedor o financiador a plazos
2.6.1.   Procedimiento especial para el cobro del crédito por el vendedor/financiador a plazos de un bien mueble
2.6.2.   Acciones tendentes a la recuperación de los bienes muebles vendidos a plazos
V. Vencimiento y rehabilitación del crédito
VI. Rehabilitación de los contratos de venta a plazos
VII. Efectos del concurso sobre los contratos bilaterales. La resolución por incumplimiento.
1.   Vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas
2.   La resolución por incumplimiento

BIBLIOGRAFÍA

Colección
Estudios de Derecho Privado
Número en la colección
58
Materia
Civil
Idioma
  • Castellano
EAN
9788498364866
ISBN
978-84-9836-486-6
Depósito legal
GR. 2887/2008
Páginas
144
Ancho
17 cm
Alto
24 cm
Edición
1
Fecha publicación
14-01-2009
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