LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA COMO INSTRUMENTO DE FLEXIBILIDAD INTERNA EN LA EMPRESA

Reflexiones tras cinco años de la última Reforma Laboral

(Escritor)

La presente monografía, con el título «La negociación colectiva como instrumento de flexibilidad interna en la empresa», supone una oportuna e importante revisión y actualización de los análisis realizados por la doctrina científica sobre uno de los elementos centrales de la reforma laboral del año 2012 y su evolución e incidencia hasta la fecha.
Cierto es, no obstante, que se ha pretendido dar relieve a instituciones que han adquirido un protagonismo estelar como el despido, pero no es menos cierto que desde la entrada en vigor del Estatuto de los Trabajadores en el año 1980 -en desarrollo del artículo 35.2 de la Constitución- no se había llevado a cabo una reforma directa de tanto calado en el seno de una institución clave en nuestra disciplina como la negociación colectiva, lo que, sin duda, requiere una atención especial.
Hasta tal punto es así que supone una nueva mirada, una nueva forma de articular las relaciones laborales desde el impulso a la recurrente flexibilidad. Es más: se ha implantado ex lege un nuevo modelo «flexible» de negociación colectiva.
Dicha flexibilidad, en esta materia, lo que implica es reordenar los elementos que configuran el marco de la autonomía colectiva, de manera que se facilita la revisión de los productos negociales siempre en favor de la adaptabilidad de la norma laboral a las necesidades empresariales. El vigente marco normativo llega incluso a concebir la negociación colectiva como «instrumento» al servicio de las exigencias cambiantes de funcionamiento de las organizaciones productivas.
Pero ello no es resultado exclusivo de la última reforma, sino de las consecuencias de la suma de las modificaciones legislativas que se han dirigido en un mismo sentido flexibilizador (flexibilidad liberalizadora). Fruto de las mismas, se acomete una ordenación en un doble sentido: directo e indirecto, alcanzando el primero de ellos el mayor de los desarrollos en las reformas de 2011 y 2012.
Una vez que han transcurrido cinco años desde aquellos significativos cambios y a la luz de las aportaciones doctrinales, las resoluciones judiciales y la propia actuación de los agentes sociales en el ámbito de su autonomía colectiva permiten un análisis sosegado, sereno y profundo de las instituciones centrales en este proceso de cambio.
Destaca, en este sentido, la construcción que el autor realiza distinguiendo entre lo que se denomina «articulación general» y «articulación específica por materias», para incluir en el ámbito de la primera las reglas contenidas en el Título III ET, mientras que, en la segunda, se contemplan las diferentes remisiones de tal norma a la negociación colectiva en cada una de las diferentes materias objeto de regulación particularizada. Esta clasificación, con unos estrados permeables y en continua interrelación, permite comprobar el alcance del grado de flexibilidad que el legislador ha querido otorgar a nuestro ordenamiento social. Y, a este fin, tres son los instrumentos que se analizan en el ámbito de la articulación general, aquellos que, por su nueva configuración estaban llamados a ser los dinamizadores del sistema: descuelgue convencional, prioridad aplicativa del convenio de empresa (con consecuencias muy disfuncionales y perjudiciales para los intereses de los trabajadores como se percibe nítidamente en su utilización por las llamadas empresas multiservicios) y ultraactividad (con la interesantísima reflexión sobre su finalización por agotamiento del proceso negociaciador). Pero, del mismo modo, se ofrece una panorámica general de la relación entre normas, mediante la ya clásica distinción entre suplementariedad, complementariedad y supletoriedad, y qué función se reconoce a los convenios colectivos en la regulación de materias como contratación laboral, externalización, salario o tiempo de trabajo.
El modo en el que se abordan y estudian las fuentes, el dominio de los diferentes aspectos que conforman el objeto de estudio, así como la claridad expositiva, además de mostrar la madurez y trayectoria investigadora del autor, hacen de esta obra una lectura obligada para conocer las cuestiones más actuales sobre la flexibilidad y negociación colectiva.
Finalmente, debo señalar que es una especial satisfacción realizar el prólogo para una obra que viene a sumar una línea más en el acervo de una Escuela Científica de Iuslaboralistas que no cesa de crecer, no ya en cantidad, sino claramente en calidad y muestra de ello es la monografía a la que ahora tengo el placer de dedicar unas pocas líneas.
Recomiendo, pues, la lectura de esta obra que sin duda será útil para lector atento y especialmente para el jurista crítico del trabajo.

Escritor
Colección
Trabajo y Seguridad Social
Número en la colección
110
Materia
Laboral
Idioma
  • Castellano
EAN
9788490456163
ISBN
978-84-9045-616-3
Depósito legal
GR. 36/2018
Páginas
176
Ancho
24 cm
Alto
17 cm
Edición
1
Fecha publicación
01-02-2018
Rústica sin solapas
15,20 €
Descuento 5%16,00 €

Sobre Francisco Vila Tierno (escritor)

  • Francisco Vila Tierno
    es Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Málaga. Magistrado (ex s.) Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) Sala de lo social. Profesor Tutor de la UNED. Derecho del Trabajo. Derecho de la Protección Social. Administrador del C... Ver más sobre el autor

Contenidos

PRÓLOGO .

INTRODUCCIÓN. -LA FLEXIBILIDAD COMO RESPUESTA A UNA SITUACIÓN COYUNTURAL REINCIDENTE.

CAPÍTULO 1. -REFORMAS EN MATERIA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA. LOS ELEMENTOS DE CAMBIO.

CAPÍTULO 2. -UNA APROXIMACIÓN A LAS REGLAS DE JUEGO: ESTRUCTURA Y ARTICULACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN UN CONTEXTO DE FLEXIBILIZACIÓN.

CAPÍTULO 3. -LA ARTICULACIÓN GENERAL COMO INSTRUMENTO A FAVOR DE LA FLEXIBILIDAD (I). LA PRIORIDAD APLICATIVA DEL CONVENIODE EMPRESA Y LA CONTRARREFORMA EN EL SECTOR PÚBLICO.
1. LA PRIORIDAD APLICATIVA DEL CONVENIO DE EMPRESA COMO EJE DEL SISTEMA. PAUTAS GENERALES.
2. ALGUNAS ACTUACIONES CONCRETAS EN EL MARCO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y PRIORIDAD APLICATIVA.
3. UN TRATAMIENTO ESPECIAL A LA PRIORIDAD APLICATIVA Y MATERIAS CONCRETAS.

CAPÍTULO 4. -LA ARTICULACIÓN GENERAL COMO INSTRUMENTO A FAVOR DE LA FLEXIBILIDAD (II). EL DESCUELGUE CONVENCIONAL.
1. EL FONDO. LA REGULACIÓN DE LA FIGURA.
2. LA FORMA. EL PROCEDIMIENTO.
3. A MODO DE BREVE SÍNTESIS.

CAPÍTULO 5. -LA INACABADA APUESTA POR LA DINAMIZACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA. LA ULTRAACTIVIDAD FALLIDA.
1. A MODO DE INTRODUCCIÓN SOBRE EL CONCEPTO Y EL ALCANCE DE LA ULTRAACTIVIDAD.
2. LA VÍA CONVENCIONAL COMO PRIMERA OPCIÓN LEGISLATIVA.
2.1. El convenio colectivo como primera fórmula para establecer la duración del convenio una vez denunciado.
2.2. Una segunda opción: los acuerdos sobre materias concretas.
2.3. El pacto en contrario .
2.4. La actuación práctica negocial y la vigencia de la ultraactividad como contenido principal .
3. DE LA RIGIDEZ A LA FLEXIBILIDAD. LA IDENTIFICACIÓN DE LOS PROBLEMAS EN LA FASE DE TRANSICIÓN.
3.1. Los problemas.
3.2. Y la transición.
4.EL ALCANCE O MANTENIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE ULTRAACTIVIDAD. LA LIMITACIÓN COMO CONSECUENCIA DEL AGOTAMIENTO DEL PROCESO NEGOCIADOR.
4.1. Los planteamientos judiciales.
4.2. A modo de recapitulación .
5. EL EFECTO DE FALTA DE ACUERDO Y TRANSCURSO DEL PERÍODO DE ULTRAACTIVIDAD. DE LO DESEABLE A LO POSIBLE.
6. EL CONVENIO COLECTIVO APLICABLE EN CASO DE FINALIZACIÓN DE LA ULTRAACTIVIDAD Y AUSENCIA DE PACTO.
7. UNA BREVE SÍNTESIS SOBRE EL ALCANCE DE LA ULTRAACTIVIDAD.

CAPÍTULO 6. -ALGÚN EJEMPLO SOBRE LA ARTICULACIÓN ESPECÍFICA POR MATERIAS. PLANTEAMIENTO GENERAL Y PRÁCTICA NEGOCIAL EN ESTE MARCO.

CAPÍTULO 7. -UNA BREVÍSIMA REFLEXIÓN SOBRE LA FLEXIBILIDAD EN EL MARCO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

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