LA MATERNIDAD SUBROGADA: ESTUDIO ANTE UN RETO NORMATIVO

(Autor)

La gestación por sustitución o maternidad subrogada o de alquiler es un supuesto especial de reproducción asistida -en pleno proceso de expansión- por el cual una mujer, mediante contraprestación o sin ella, se compromete a gestar un bebé -concebido artificial, que no naturalmente- para que otra u otras personas puedan ser padres, biológicos o no . Esta situación puede deberse a muchas circunstancias, como la infertilidad o incapacidad de gestar de la mujer sola o en pareja -ocasionada por causas genéticas, de enfermedad o edad-, o el deseo de paternidad de hombres solos o de parejas homosexuales de hombres que, no se olvide, pueden constituir un matrimonio y tienen derecho a la paternidad tras la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio.
Esta técnica de reproducción asistida mediante maternidad subrogada o de sustitución puede tener diversas modalidades, de modo que la pareja que contrata aporta el material genético en su totalidad —óvulo y espermatozoide— y la madre sustituta recibe el embrión en su útero con la finalidad exclusiva de llevar a cabo la gestación y el nacimiento; o bien la mujer interesada aporta su óvulo fecundado por persona ajena a su pareja; o bien la madre gestante además aporta el material genético, el cual podrá ser inseminado con el esperma del sujeto individual o de uno de los miembros de la pareja que contrata o de un tercero; o, finalmente, el material genético es aportado por individuos ajenos a la persona soltera o pareja matrimonial o de hecho contratante y la madre portadora sólo cede su útero. Todas estas combinaciones pueden originar una maternidad subrogada que podría producir un conflicto de intereses, principalmente, entre los comitentes y la mujer gestante.
Esta figura de la maternidad subrogada o de la gestación por sustitución plantea una gran diversidad de cuestiones tanto éticas, como biológicas, genéticas, jurídicas e, incluso, religiosas, por lo que, como se verá más adelante, tiene muchos detractores -p. e., gran parte de la doctrina civilista española- y muchos defensores -p. e., los especialistas en fertilidad agrupados en la ESHRE y algunos civilistas-. En verdad, son muy variados los interrogantes jurídicos que surgen en esta complicada sede, como ¿es el derecho a la paternidad -biológica o no-, como expresión del libre desarrollo de la personalidad, un derecho fundamental en virtud del artículo 10, 1.º CE?; ¿atentaría este convenio contra la dignidad de las personas -también concebida como derecho fundamental en el art. 10, 1.º CE-, en particular, contra la de la madre gestante y la del hijo así nacido?; ¿puede ser objeto lícito de un contrato la concepción y gestación de un ser humano?

Autor
Colección
Persona
Número en la colección
4
Materia
Romano
Idioma
  • Castellano
EAN
9788498369694
ISBN
978-84-9836-969-4
Depósito legal
GR. 2370/2012
Páginas
192
Ancho
17 cm
Alto
24 cm
Edición
1
Fecha publicación
05-09-2012
Rústica sin solapas
15,20 €
Descuento 5%16,00 €

Libros relacionados