LA DOGMATICA PENAL SOBRE EL ASFALTO: UN ENFOQUE PRÁCTICO DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL

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El cargo de Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial que me honro en desempeñar desde noviembre de 2006 me ha permitido asomarme al complejo fenómeno del tráfico viario. Su riqueza de significados, intereses económicos subyacentes y acumulación de conocimientos científicos de distinta naturaleza que sobre él conviven me era desconocido. Mi condición de conductor, sufrido como tantos en los atascos y alegrías y dificultades de los viajes en mi coche, me impedían ver «el bosque». Es un privilegio ir matizando perspectivas desde arriba, descubriendo las finalidades reales de las normas que lo regulan y muy particularmente su marcado simbolismo.
Quizá este último haya sido el más enriquecedor. La tarea frustrada del jurista es profundizar, encontrarse con el ser humano y la sociedad no mitificados sino en sus realidades de esencia y funcionamiento diarios. Digo frustrada porque ni las normas ni la función del derecho es intentar llegar tan lejos. Sin embargo justamente esta limitación provoca a una búsqueda incesante. Para empezar porque en la aplicación del derecho te topas con mujeres y hombres reales y con contextos sociales igualmente desnudos ante la mirada del que interpreta la norma. Cerrar los ojos responde al mito de la justicia ciega.
Si introduzco estas reflexiones es porque en el tráfico, aparentemente neutro, regulable con la norma y con la técnica, me he encontrado con el ser humano en su faceta de conductor de una máquina, conviviendo con ella y con los demás en idéntica situación y con una sociedad para mi desconocida o no entrevista en su sutil configuración: «la sociedad circulante«. El ser humano se muestra como es o en dimensiones profundas que desconoce al volante. La sociedad de los que conviven en carretera muestra la faz de los que lo hacen en la calle o el trabajo. En sus vertientes positivas de responsabilidad, autocontrol y civismo o en las negativas que proyectan un modelo de sociedad competitiva, insolidaria, clasista y violenta.
La psicología y la sociología de la conducción son esenciales para comprender el fenómeno. Con perspectiva estática, sin ir hacia atrás y adelante, los juicios que pueden hacerse son limitados. Por ello es necesario adentrase en la educación vial que es la más eficaz arma para prevenir la siniestralidad y delincuencia vial. Debe verse como un continuum, iniciarla en la familia y en el colegio y proseguirla hasta el momento en que necesitaremos, todos, calcular la medida de nuestra pisada y la temporal de la luz verde del semáforo.
Hablaba del conductor y su entorno. Las miradas exclusivamente centradas en su persona y en las respuestas educativas y sancionadoras que las exigencias de seguridad en el tráfico merecen, son sólo una parte del problema. Circulamos en un vehículo y es preciso hacer una disección y análisis explicativo de él. Conocer sus mecanismos con la misma importancia que nos planteamos conocer los del conductor y diseñar respuestas de seguridad activa y pasiva. En definitiva, permítaseme el símil, vehículos «educados», preparados o que nos eduquen para que la conducción sea lo más segura posible, en su vertientes de seguridad activa y pasiva.
Circulamos por las vías públicas cuyo estado, como el del conductor antes y después de obtener el permiso de conducir, hay que comprobar, actualizar y verificar sus vigencias. Las respuestas en la materia están enriquecidas por el creciente desarrollo tecnológico. La Directiva 2010/40/UE, se refiere a las llamadas carreteras inteligentes, lo que nos permite continuar el hilo argumental. El modelo al que se tiende ya hecho realidad en los países más avanzados, es el de interactuación cada vez más compleja entre conductor, vehículo y vía.
Las respuestas preventivas, por tanto, no se exigen sólo al conductor sino a las Administraciones competentes y a las demás entidades y agentes privados que participan con una u otra en función en los «circuitos» que organizan la formación del conductor, el estado de los vehículos y el de las carreteras y calles de las ciudades.
Mi condición de Fiscal especializado, figura normativamente consolidada en la modificación al Estatuto Orgánico del MF operada por LO 24/2007de 9 de octubre, no sólo me permite sino que me obliga a profundizar en estas realidades y a trascender el limitado y seguro marco de las normas jurídicas al que me refería. La primera tarea que necesariamente he debido emprender y en la que todavía me encuentro al asumir las obligaciones atinentes al cargo es, por tanto, una «inmersión» en el proteico mundo del tráfico, en la que he llamado «sociedad circulante» a la que me asomaba y me asomo.
Hasta ahora he hablado del fenómeno desde una visión ad intra, desde sus protagonistas directos, conductor, vehículo y vía. Ampliemos el marco visual y nos hallaremos con las complejas y trascendentales ciencias de la gestión, de la organización global del tráfico urbano e interurbano con repercusiones de todo orden en la vida económica y personal de los ciudadanos y en la de los países a que pertenecen.
De modo muy particular con las realidades del entorno en que se desarrolla el tráfico viario y los modos en que se integran y están directamente afectadas por él. Me refiero en un momento histórico de crecimiento mundial del parque automovilístico al bienestar ciudadano y urbano. En primer lugar a la grave contaminación medio-ambiental derivada de la utilización de combustibles fósiles. Y las ciudades. La necesidad de recuperarlas ante la creciente invasión de vehículos de motor. De recuperarlas para pasear, para el descanso, la ausencia de ruidos, para los intercambios personales y culturales; para el ejercicio y la bicicleta.
La creciente complejidad del tráfico y el aumento de vehículos nos ha servido para tomar conciencia de la importancia de la vida urbana, de los núcleos más íntimos de convivencia del ser humano. De ahí el protagonismo creciente de los Planes de Movilidad en todas las ciudades del mundo. Transcribo a continuación las reflexiones aun no publicadas y contenidas en la Memoria del FGE de 2012, cuyo contenido adelanto en este punto. Entremos en la ciudad de los peatones, en la ética y poética del viandante. Urbanización, lo urbano es el proceso consistente en integrar crecientemente la movilidad espacial en la vida cotidiana, hasta el punto de que ésta queda vertebrada por aquella. El protagonista es ese personaje que los latinos llamaban quidam, alguien que pasa y que sólo existe en cuanto pasa. Cuerpo que atraviesa el mismo espacio que genera. Unidad vehicular con rostro humano que sólo sabemos que ha salido de algún sitio, pero que todavía no ha llegado a otro, personaje social que vive recubierto de una película de anonimato que le permite gozar de los demás al tiempo que se protege de ellos.
Es el transeúnte o viandante. La ciudad es un texto, un discurso construido por sus usuarios. La urdimbre extraordinaria que genera es una tarea que la sociedad hace sobre sí misma, haciéndose y deshaciéndose. Nunca se ve ni es previsible el resultado final. Pero junto al transeúnte que es un haz de diagramas en sus infinitas y potenciales trayectorias, la ciudad es lugar de implantación de grupos sociales, étnicos, religiosos, profesionales, asociativos con una esfera propia y creativa de desplazamientos y con una deuda de franqueza que no tienen los viandantes.
El mirar y protegerse de las miradas puede tener desarrollos imprevistos, sorpresas, turbulencias, encuentros impactantes o que cambian la vida en un espacio abierto y disponible para que actúe sobre él la labor incansable del azar. El derecho a la calle es el derecho a la libre accesibilidad del espacio público como utópica concreción del derecho universal a la ciudadanía, de una ética elemental basada en el consenso. La relación con extraños puede ser vivida como fuente de peligros, pero la vida en ciudad es un estímulo a la emancipación humana, una expectativa permanente hacia lo insólito. Estas reflexiones nos han llevado a los Fiscales a asumir la protección de los ciudadanos y colectivos más vulnerables que transitan por la ciudad, que utilizan las vías públicas, las de todos: menores, discapacitados, tercera edad, peatones y ciclistas. Es la tradición histórica de MF de asumir la defensa de los especialmente vulnerables o indefensos. Lo recoge la Circular 10/11 y lo explicitan los autores del libro.
El entorno urbano sobre el que no hemos detenido convive con el entorno de la carretera. Pero también con el entorno de la tragedia. Junto a la victimización sutil, pero real y alarmante derivada de la contaminación y de la pérdida de calidad de vida, nos topamos con la muerte, las lesiones medulares y cerebrales, los sufrimientos de todo orden derivados de los accidentes de tráfico.

ABREVIATURAS .
PRÓLOGO .
PRESENTACIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
ASPECTOS COMUNES A LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
1. EVOLUCIÓN LEGISLATIVA DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL. LAS LEYES ORGÁNICAS 15/2007 Y 5/2010 DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
1.1. Breve apunte histórico
1.2. La LO 15/2007 y la LO 5/2010 de Reforma del Código Penal
1.2.1. Introducción
1.2.2. La LO 15/2007 de reforma del Código Penal
1.2.3. La LO 5/2010 de reforma del Código Penal
2. EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO EN LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
2.1. Posturas doctrinales sobre el bien jurídico protegido por estos delitos
2.2. El cambio de rúbrica del capítulo IV del título XVII del Código Penal: de la seguridad del tráfico a la seguridad vial
2.3. Problemas prácticos derivados del bien jurídico protegido en los delitos contra la seguridad vial
3. LA CONDUCTA TÍPICA
3.1. La conducción
3.2. Formas imperfectas de ejecución
4. EL SUJETO ACTIVO EN LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
4.1. Introducción: el concepto de conductor y el problema de la autoría y participación en los delitos de propia mano
4.2. Algunos problemas prácticos relativos al sujeto activo, autoría y participación en los delitos contra la seguridad vial
5. EL INSTRUMENTO DEL DELITO
5.1. Introducción. Aproximación dogmática
5.2. El vehículo a motor, el ciclomotor y las bicicletas
5.3. El concepto de vehículo a motor o ciclomotor en el delito del art. 384 CP
5.4. Los vehículos y motocicletas de competición
6. EL LUGAR DE LA ACCIÓN
6.1. Introducción. La seguridad vial como parámetro de delimitación espacial
6.2. El ámbito de aplicación de las normas administrativas sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
6.3. Los recintos destinados a pruebas deportivas
6.4. La delimitación espacial de las conductas punibles y la cobertura del seguro obligatorio de automóvil
7. LA PÉRDIDA DE VIGENCIA DEL PERMISO O LICENCIA POR CONDENA PENAL (ART. 47, 3.º DEL CÓDIGO PENAL)
8. INTERVENCIÓN CAUTELAR DEL PERMISO DE CONDUCIR Y DEL VEHÍCULO. EL COMISO
8.1.?? Introducción
8.2. Intervención del vehículo y del permiso de conducir
8.2.1. Intervención cautelar del vehículo y del permiso por parte de la Policía Judicial
8.2.2. Intervención cautelar del permiso por parte de la autoridad judicial
8.2.3. Intervención cautelar del vehículo por parte del Juez de Instrucción
8.3. Comiso del vehículo. Destino de los vehículos decomisados
8.3.1. Comiso del vehículo
8.3.2. Destino de los vehículos decomisados
CAPÍTULO SEGUNDO
EL DELITO DE CONDUCCIÓN A VELOCIDAD EXCESIVA
1. INTRODUCCIÓN
2. NATURALEZA
3. VELOCIDAD PERMITIDA REGLAMENTARIAMENTE
3.1. Vías urbanas e interurbanas
3.2. El concepto de velocidad permitida
4. AUTORÍA. ELEMENTO SUBJETIVO
5. CINEMÓMETROS
6. SOBRE LA POSIBLE RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DE UN VEHÍCULO POR NEGARSE A IDENTIFICAR AL CONDUCTOR EN UN PROCESO PENAL POR VELOCIDAD EXCESIVA
7. POSIBLES CONCURSOS ENTRE EL DELITO DE CONDUCCIÓN A VELOCIDAD EXCESIVA Y OTRAS FIGURAS DELICTIVAS
7.1. Concurso con la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y de sustancias estupefacientes del párrafo 2.º del art. 379 CP
7.2. Concurso entre el delito del art. 379.1.º CP y el delito de conducción ilegal del art. 384 CP en cualesquiera de los supuestos en él contemplados
8. CONCLUSIONES
CAPÍTULO TERCERO
LOS DELITOS DE CONDUCCIÓN ETÍLICA Y DE CONDUCCIÓN
BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
1. INTRODUCCIÓN
2. LA CONDUCCIÓN CON TASA OBJETIVADA
2.1. Naturaleza jurídica
2.2. Significado de la expresión «En todo caso»
3. Las pruebas para la detección del alcohol
3.1. La normativa administrativa. Resultado positivo únicamente en una de las dos pruebas. La extracción sanguínea
3.1.1. Quien está autorizado para practicar las pruebas
3.1.2. Aparatos de medición y procedimiento. Las dos pruebas previstas legalmente
3.1.3. La prueba de contraste como garantía del interesado. El análisis de sangre
3.2. Los márgenes de error de los etilómetros
3.3. El valor probatorio de la prueba de alcoholemia
4. LOS SÍNTOMAS EXTERNOS Y LA CURVA DEL ALCOHOL. SU INCIDENCIA EN LA APLICACIÓN DEL ART. 379.2 CP
5. LA CONDUCCIÓN CON UNA TASA INFERIOR A LA OBJETIVADA EN EL 2.º INCISO DEL ART. 379.2 CP. LA INFLUENCIA DEL CONSUMO DE ALCOHOL EN LA CONDUCCIÓN
6. EL DOLO Y LAS ACCIONES LIBERA IN CAUSA
6.1. El dolo en el delito del art. 379.2 CP
6.2. Las acciones libera in causa
6.3. La grave adicción al alcohol prevista en el art. 21.2 CP
7. EL PRINCIPIO NE BIS IN IDEM EN LA CONDUCCIÓN EMBRIAGADA
8. LA CONCURRENCIA DEL DELITO DEL ART. 379.2 CP CON OTRAS FIGURAS DELICTIVAS
8.1. Con el delito de conducción a velocidad excesiva
8.2. Con los delitos de conducción temeraria y suicida
8.3. Con el delito de negativa a someterse a las pruebas
8.4. Con el delito de conducción ilegal
CAPÍTULO CUARTO
LOS CONTROLES PREVENTIVOS DE DROGAS: ESTADO DE LA CUESTIÓN
1. DROGAS Y CONDUCCIÓN
1.1. Introducción
1.2. Controles de drogas on-site
2. MARCO JURÍDICO APLICABLE A LA CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE LAS DROGAS
2.1. Normativa penal y administrativa
2.2. El problema de las intervenciones corporales
3. LA CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE LAS DROGAS: LA REALIZACIÓN DE CONTROLES PREVENTIVOS Y LA PRUEBA DE LA INFLUENCIA
3.1. Líneas generales para un protocolo sobre la realización de controles preventivos de drogas
3.1.1. Modelo del DRE (Drug Recognition Expert)
3.1.2. Controles de alcoholemia y controles de drogas
3.1.3. El test salival y el análisis en laboratorio homologado
3.1.4. La prueba de contraste
3.2. La prueba de la influencia
4. LA CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE LAS DROGAS EN DERECHO COMPARADO
4.1. Normativa comunitaria
4.2. Normativa interna
4.3. Conclusiones
CAPÍTULO QUINTO
EL DELITO DE CONDUCCIÓN TEMERARIA
1. SUJETOS ACTIVOS Y PASIVOS DEL DELITO
2. CONDUCTA TÍPICA
2.1. Elemento objetivo. Conducción con temeridad manifiesta
2.2. Concreto peligro para la vida o la integridad de las personas
2.3. Elemento subjetivo. El dolo
3. LA CONDUCCIÓN TEMERARIA COMO PRESUNCIÓN «IURIS ET DE IURE»
4. EL AUTOENCUBRIMIENTO IMPUNE
5. LOS RESULTADOS DERIVADOS DE LA CONDUCCIÓN TEMERARIA. EL ART. 382 CP
5.1. Introducción
5.2. La calificación de los delitos de resultado generados por los previos delitos contra la seguridad vial
6. CONCURRENCIA DEL DELITO DEL ART. 380 CP CON OTRAS FIGURAS DELICTIVAS
6.1. En concurso de normas
6.2. En concurso de delitos
CAPÍTULO SEXTO
LA CONDUCCIÓN SUICIDA
1. INTRODUCCIÓN. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
2. NATURALEZA JURÍDICA ¿ES REALMENTE NECESARIO ESTE TIPO PENAL?
3. ELEMENTOS DEL TIPO
3.1. El elemento subjetivo. El dolo normativo
3.2. El elemento objetivo. La conducta típica
4. CRITERIOS JURISPRUDENCIALES
4.1. SÍ se aprecia conducción suicida
4.2. NO se aprecia conducción suicida
5. INIMPUTABILIDAD Y ART. 381 CP
5.1. La concurrencia de una anomalía o alteración psíquica como circunstancia eximente de responsabilidad criminal
5.2. Las acciones libera in causa
CAPÍTULO SÉPTIMO
LA NEGATIVA A SOMETERSE A LAS PRUEBAS LEGALMENTE ESTABLECIDAS
PARA LA COMPROBACIÓN DE LAS TASAS DE ALCOHOLEMIA
Y LA PRESENCIA DE DROGAS (ART. 383 DEL CÓDIGO PENAL)
1. ACOTACIÓN
2. LA NEGATIVA A LA SEGUNDA ESPIRACIÓN
3. LA NEGATIVA A SOMETERSE A LA PRUEBA DEL ALCOHOLÍMETRO Y LA PETICIÓN DIRECTA DE ANÁLISIS DE SANGRE
4. LA NEGATIVA DE QUIEN ALEGA LA IMPOSIBILIDAD DE LLEVAR A CABO LAS PRUEBAS CON EL ETILÓMETRO Y DE QUIEN INTENCIONADAMENTE LAS REALIZA DE FORMA DEFECTUOSA
5. EL DELITO DE NEGATIVA Y LA EVIDENCIA DE LA CONDUCCIÓN INFLUENCIADA POR EL ALCOHOL. LA EXIGENCIA DE SÍNTOMAS PREVIOS
6. LA NEGATIVA A LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA DE DETECCIÓN DE DROGAS O SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES
7. LA EXIGENCIA DEL REQUERIMIENTO Y LA ADVERTENCIA DE LAS CONSECUENCIAS DE LA NEGATIVA REALIZADA POR LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD
8. CONCURSO ENTRE EL DELITO DE NEGATIVA Y OTROS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
9. LA REINCIDENCIA
CAPÍTULO OCTAVO
ALGUNAS CUESTIONES DISCUTIDAS EN EL DELITO DE CONDUCCIÓN PUNIBLE
DEL ART. 384 DEL CÓDIGO PENAL
1. INTRODUCCIÓN
2. LA CONDUCCIÓN CON UN PERMISO O LICENCIA SIN VIGENCIA POR PÉRDIDA DE LOS PUNTOS ASIGNADOS LEGALMENTE (ART. 384, PÁRRAFO 1.º DEL CP)
2.1. La firmeza de la resolución administrativa de pérdida total de puntos
2.2. La notificación de la resolución administrativa. La prueba del dolo
2.3. Tiempo de comisión del delito
3. LA CONDUCCIÓN SIN HABER OBTENIDO NUNCA UN PERMISO O LICENCIA DE CONDUCIR (ART. 384, PÁRRAFO 2.º, INCISO 1.º DEL CP)
3.1. Introducción
3.2. La conducta típica: supuestos excluidos
3.2.1. Permisos caducados
3.2.2. Permisos extranjeros
3.2.3. Permiso o licencia inadecuado al vehículo o ciclomotor conducido
3.3. Autoría y participación. La inducción y la cooperación necesaria en el delito de conducción sin permiso
3.4. Concursos entre los delitos de conducción punible del art. 384 del CP y los demás delitos contra la seguridad vial
3.4.1. Concurso entre los delitos de los artículos 379, 380 y 381 CP y el delito de conducción punible de los dos párrafos del art. 384 CP. La relación concursal con el delito de negativa del art. 383 CP
3.4.2. Concurso de los diferentes delitos de conducción punible del art. 384 CP entre sí
3.4.3. Concurso entre el delito de conducción sin permiso y el delito de falsificación del permiso
3.5. Circunstancias modificativas
4. LA CONDUCCIÓN ESTANDO PRIVADO DEL DERECHO A HACERLO PROVISIONAL O DEFINITIVAMENTE POR RESOLUCIÓN JUDICIAL (ART. 384, PÁRRAFO 2.º, INCISO 2.º CP)
4.1. Acotación
4.2. Concurso de normas: especialidad y alternatividad como criterios de solución
4.3. La interpretación de la expresión «privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia»: la voluntas legislatoris
CAPÍTULO NOVENO
LA CREACIÓN DE GRAVES RIESGOS PARA LA CIRCULACIÓN:
UN TIPO PENAL OLVIDADO
1. EL TIPO DEL ART. 385 CP Y LAS TRES «E´S» DE LA SEGURIDAD VIAL
2. CONSIDERACIONES GENERALES, ESTRUCTURA Y ELEMENTOS COMUNES DEL DELITO DEL ART. 385 CP
3. CONDUCTAS GENERADORAS DE UN RIESGO GRAVE PARA LA CIRCULACIÓN (ART. 385. 1.ª)
4. CONDUCTAS CONSISTENTES EN EL NO RESTABLECIMIENTO DE LA SEGURIDAD DE LA VÍA (ART. 385. 2.ª)
5. LA RESPONSABILIDAD PENAL DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y DEMÁS PERSONAS ENCARGADAS DE LA SEGURIDAD VIARIA EX ART. 385 CP
5.1. Sujetos responsables
5.2. Responsabilidad penal por generación de un riesgo grave para la circulación (art. 385.1 CP)
5.3. Responsabilidad penal por no restablecer la seguridad de la vía (art. 385.2.ª CP)
CAPÍTULO DÉCIMO
OTROS TEMAS DE INTERÉS
1. RESULTADOS IMPRUDENTES POR APLICACIÓN DE LA REGLA DEL ARTÍCULO 382 CP. HOMICIDIO Y LESIONES POR IMPRUDENCIA GRAVE
1.1. Introducción: la nueva regla concursal del art. 382 CP
1.2. Consecuencias y problemas interpretativos de la nueva regulación de la cláusula concursal
1.3. Criterios de determinación de la gravedad de la imprudencia en el caso de homicidio y lesiones el tráfico viario
1.4. Imputación de resultados en caso de concurrencia de riesgos. Principio de confianza y principio de defensa
2. EL SISTEMA INDEMNIZATORIO A LAS VÍCTIMAS: PERSPECTIVAS DE FUTURO
2.1. Introducción. Ambito de aplicación
2.1.1. Acotación inicial. El riesgo como título de imputación
2.1.2. Ámbito de aplicación
2.1.3. La indemnización como «deuda valor»
2.2. Las indemnizaciones en caso de muerte de la víctima
2.2.1. La indemnización conforme al principio de vertebración
2.2.2. La determinación de los perjudicados
2.3. Las indemnizaciones en caso de lesiones permanentes
2.3.1. Introducción
2.3.2. La indemnización conforme al principio de vertebración
2.3.3. La problemática de los grandes inválidos
2.4. Las indemnizaciones en caso de incapacidad temporal
2.5. El abono de la indemnizacion en forma de renta vitalicia
3. EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO COMO GARANTE DE LA INDEMNIDAD DE LOS USUARIOS MÁS VULNERABLES. TÍTULOS DE IMPUTACIÓN PENAL: LA COMISIÓN POR OMISIÓN IMPRUDENTE
3.1. Introducción
3.2. El deber normativo de cuidado: su regulacion legal
3.3. La protección de los usuarios más vulnerables: de la sanción administrativa a la responsabilidad penal
3.3.1. Tratamiento jurisprudencial
3.3.2. La infracción normativa del deber de cuidado: imprudencia punible
3.3.3. La imputación objetiva del resultado
3.3.4. Posición de garante: la comisión por omisión imprudente
3.4. El deber de cuidado respecto de mayores de edad y menores con suficiente discernimiento
4. LOS APARATOS DE CONTROL DE LOS TIEMPOS DE ACTIVIDAD Y DESCANSO
4.1. Introducción
4.2. Manipulaciones en los aparatos de control
4.2.1. Actuaciones en el ámbito administrativo. Antecedentes
4.2.2. Las manipulaciones de los tacógrafos desde la perspectiva penal. Calificación jurídico penal
4.2.2.1. Introducción
4.2.2.2. El Tacógrafo
4.2.2.3. Los registros del aparato de control y su carácter como documento a efectos de su calificación jurídico penal
4.2.2.3.1. Su consideración como documento atendiendo a la naturaleza de la información o datos en él contenidos
4.2.2.3.2. Su carácter como documento atendiendo a la naturaleza del soporte
4.2.2.3.3. Naturaleza pública o privada del documento
4.2.2.3.4. Modalidad falsaria
4.2.2.4. La participación y otras formas de colaboración
4.2.2.5. Respuestas a la manipulación de tacógrafos en el derecho comparado
4.2.2.6. Conclusiones

Autora
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Colección
Estudios de Derecho Procesal Penal
Número en la colección
29
Materia
Procesal
Idioma
  • Castellano
EAN
9788498369649
ISBN
978-84-9836-964-9
Depósito legal
GR. 2101/2012
Páginas
328
Ancho
17 cm
Alto
24 cm
Edición
1
Fecha publicación
17-06-2012
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