EL FIN EN EL DERECHO

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1. Ihering (1818-1892) influyó de un modo decisivo en la orientación científica de su época, siendo un innovador constructivo que abrió siempre nuevos caminos a la investigación y reflexión jurídica; una personalidad viva y sugestiva 3. Nunca fue un espíritu estático, en su trayectoria intelectual (léase, vital) sus concepciones sobre el Derecho siempre estaban sujetas a revisión y a la continua mudanza derivada de las exigencias de la vida jurídica 4. Por ello, apenas madurada ya algunas de sus grandes obras, se revolvía resueltamente contra sus propias tesis, teniendo en cuenta las exigencias del momento presente y estando sujeto, pues, en su quehacer a las vicisitudes de su tiempo. El estudio de su pensamiento no se puede comprender fuera del contexto histórico en que realizó su tarea. Se formó críticamente en la escuela histórica, criticaría después los postulados de ésta y finalmente se revisaría asimismo reivindicando el papel de la lucha por el Derecho vigente y el finalismo en la teoría jurídica 5. El Derecho tiene así un papel conformador de la sociedad y, siendo resultado de la lucha, adquiere una función instrumental, al servicio de fines e intereses que tienen la posibilidad de ser ejercitados a través de un poder coactivo organizado. Por lo demás, una larga vida permitió a Ihering poder transformar la propia fundamentación de su pensamiento, siempre lúcido, entrelazando en su propia experiencia jurídica lo que había de continuo y de discontinuo en su pensamiento.
Es el mismo Ihering positivista, quien se alzará contra el culto a la lógica de la dirección jurídica formalista, pese a que había sido uno de sus artífices, la cual había determinado un distanciamiento de la realidad histórico-social y la realidad jurídico-formal situada en el «cielo de los conceptos jurídicos». Reaccionará contra la «jurisprudencia de los conceptos» (expresión que fue después utilizada peyorativamente por Phipp Heck 6 ?y antes matizadamente por el propio Ihering en Bromas y Veras en la ciencia jurídica? para contraponerla a la jurisprudencia de intereses por él defendida) que se había abstraído de la realidad histórica de su tiempo; un tiempo histórico (al que no fue inmune Ihering) que, a diferencia de la primera mitad del siglo, mostraba ya la presencia de turbulencias y elementos de transformación económico-política y cultural (emergencia de nuevas doctrinas realistas y de los movimientos socialistas). El redescubrimiento de la historicidad del Derecho 7, su contingencia, su carácter cambiante como fenómeno histórico derivado de las necesidad de responder a los retos del presente (situado, pues, inevitablemente en el horizonte histórico en que se inserta), fue algo que se produjo por un cúmulo de factores no limitados a la lógica interna del sistema jurídico 8, y que determinaron la necesidad de formalizar jurídicamente un nuevo orden dentro de la comunidad política. Precisamente Ihering no hizo sino profundizar en la relativización histórica de los contenidos materiales de la regulación jurídica. Las transformaciones derivadas de la revolución industrial y en el campo político a través de los procesos de agitación social resultantes de la contradicciones generadas por el capitalismo de libre concurrencia. Existía una necesidad de que el Derecho y la ciencia jurídica trataran de buscar un nuevo Derecho plegado a los requerimientos de los nuevos tiempos. Eso está en la base de la reacción frente al positivismo jurídico formalista de finales de siglo, en el sentido antiformalista de atender a los cambios sociales y de prestar atención, pues, no sólo al sistema formal del Derecho, sino también y prioritariamente al fondo o contenido variable de la forma jurídica 9. En esta labor de renovación metodológica y reflexiva tuvo un extraordinario papel el segundo Ihering; un segundo Ihering que trató de conjugar la lógica del «sistema» y la lógica del «problema», es decir, las cuestiones de forma y materia en la ciencia jurídica.

Estudio preliminar sobre «El pensamiento jurídico de Ihering y la dimensión funcional del Derecho» de José Luis MONEREO PÉREZ, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Granada
Prólogo a la primera edición (del tomo segundo)
Prefacio a la primera edición (del tomo segundo)

Primera sección

EL CONCEPTO DEL FIN

CAPÍTULO I.?La ley del fin

Causa y fin.?Tarea de la voluntad en el ser vivo.?El animal: palanca psicológica de su voluntad. Influencia de la experiencia. El concepto de la vida.?El proceso de la voluntad en el ser humano.?1) Etapa interior.?La finalidad; relación de la misma con la acción; la ley de la finalidad; la finalidad en la forma de la motivación; la acción habitual.?2) Etapa exterior en el proceso de la voluntad; la ley de la causalidad frente a la libertad humana.

CAPÍTULO II.?El concepto de finalidad en el animal como punto de partida para el problema del fin en el hombre

El mecanismo de la voluntad animal.?La relación de sí mismo en la finalidad; el sentimiento de la condicionalidad de la existencia.?El problema de la finalidad en el ser humano.?Plan de la investigación.

CAPÍTULO III.?El egoísmo al servicio de fines extraños

El punto de vista de la coincidencia de las finalidades.?Asociación de la finalidad propia con la extraña.?Empleo del medio por parte de la naturaleza, del tráfico y del Estado.?La organización de los fines.?Fines organizados y no organizados.

CAPÍTULO IV.?El problema de la abnegación

Imposibilidad de una acción sin interés.?Insostenibilidad del imperativo categórico de Kant.?Falta aparente de interés en la abnegación, existencia real.?Oposición de la acción egoísta y la desinteresada.?Abnegación y altruismo.?Búsqueda de los fines humanos.?Los fines del individuo y de la sociedad.?La autoafirmación: la egoísta y la ética.?Plan del primer volumen.

CAPÍTULO V.?Los fines de la autoafirmación egoísta

La afirmación física de sí mismo.?Aseguramiento del mismo para el futuro: la afirmación económica de sí mismo: el caudal, la relación.
Postulado del derecho para ese fin.?Extensión del derecho en sentido subjetivo.?Los tres preceptos lapidarios del derecho: yo existo para mí (finalidad de la persona, derecho de la personalidad), el mundo está ahí para mí (la cosa: derecho de propiedad; la persona: derecho de familia y de las obligaciones; el Estado: derecho civil) yo existo para el mundo (el deber: la relación de destino para otros).
Condicionalidad de la conservación económica de sí mismo por el trabajo y el tráfico de intercambio.?El tráfico de intercambio providencia económica, que crea cada cosa en el lugar de su destino.?El contrato.?Coincidencia de los intereses en el contrato.
La autoafirmación jurídica.?Afirmación del derecho independientemente del valor de la cosa en el interés de la personalidad?valor ideal del derecho.

CAPÍTULO VI.?La vida por y para los otros o la sociedad

Empleo de la vida del individuo para los fines de la comunidad.?La vida social: cada cual existe para los otros y por los otros.?Los efectos inintencionales del uno en los otros.?persistencia de los efectos más allá de la vida, el derecho hereditario en su relación histórico cultural.?La medida de estos efectos.?Medida del valor social del individuo en el conocimiento del nombre.?Aplicación del punto de vista anterior a los pueblos.
La vida social de la suprema ley cultural de la historia.?Forma de su realización?colaboración libre e impuesta para los fines de la sociedad.
El concepto de la sociedad en sentido ético en oposición al concepto en sentido jurídico.?Relación de la sociedad con el Estado.?Ilimitabilidad de la misma, extensión sobre la tierra entera.

CAPÍTULO VII.?La mecánica social o la palanca del movimiento social.

1.?EL MOTIVO EGOÍSTA ?EL SALARIO

1. La mecánica social.?Las cuatro palancas: la egoísta (salario y coacción), la ética (sentimiento del deber y amor).
La satisfacción de las necesidades humanas por la palanca del salario: el tráfico.?Determinación del concepto.?La organización del tráfico.
1) La insuficiencia de la benevolencia para el fin de la relación.
Los contratos onerosos y gratuitos.?Contratos comerciales, de amabilidad y de beneficencia.?Lo humillante de los últimos (limosnas, mendicidad).?Insuficiencia de la amabilidad y de la beneficencia para la finalidad del trato.
Forma de la oposición entre el servicio oneroso y gratuito en la vieja Roma.?Coincidencia del mismo con el del trabajo físico e intelectual.?La mancha del pago (merces).?El salario ideal.?El servicio del Estado y la jurisprudencia.?Traspaso del salario económico a ambos en el período posterior.
2). El principio del título oneroso.
La compensación.?Bien con bien (salario), mal con mal (castigo).?Organización de los mismos en el trato y en la penología.?Ineludibilidad del salario para el trato.?El egoísmo de la palanca exclusiva del tráfico.?Transición necesaria de la gratuidad a onerosidad.? La omnipotencia del dinero.?Independencia de la persona en el tráfico por medio del dinero.
El contrato oneroso.?Las dos normas básicas del tráfico: el contrato de cambio (diversidad de los fines de ambas partes), la asociación (igualdad de los fines de ambas partes).
3) El salario (el dinero).
Forma inferior del contrato de intercambio (igualdad de la función) para ambas partes.?Superiores (diversidad de la función).?El esquema de los contratos de intercambio en el sentido más amplio.?Determinación del concepto del salario en el sentido más amplio.
4) El equivalente.
Elevación del salario a la equiparación del rendimiento y de la contraprestación.?La idea de la justicia en la vida de la relación.?Solución de la tarea.?La concurrencia como medio para la autorregulación del egoísmo.?El peligro de la exacción económica.?Intervención excepcional de la legislación.?Errores de ilimitada libertad de tráfico.
5) La rama profesional.
La rama profesional un servicio social, una relación de obligación.?El honor comercial.?Satisfacción asegurada de las necesidades.?Aumento de las ramas profesionales con las necesidades.?El negocio intermediario.
Organización del trabajo en la rama profesional.?La división del trabajo y la regulación del salario.?Recución del salario por medio de la concurrencia desleal (chapuceros).?Los beneficios de la rama profesional: seguridad de la utilización económica del talento.
6) El crédito.
Concepto.?Vuelta al derecho romano.?El dinero objeto exclusivo del crédito.?El préstamo primario y el accesorio.
Función económica del crédito.?Presunción previa: la falta de dinero en unos; exceso (capital) en los otros.?Especie: crédito en dinero y en mercancías.?Crédito civil y comercial o crédito de consumo (crédito inconveniente, crédito de comodidad).?Ventajas y peligros del mismo.
7) El salario ideal y la combinación del mismo con el económico.
El salario ideal.?Comparación del empleo estatal del mismo en la época actual con el de la antigüedad (el derecho romano al salario contraparte del derecho penal.?Los actuales testimonios de gracia).?El salario ideal de la sociedad.
Combinación del salario ideal con el económico (salario mixto: honorario, sueldo, etc.).?Significación del mismo para el arte, la ciencia, el servicio público.
El sistema de salario del Estado.?Forma normal de la naturaleza de los servicios necesarios para él mediante salario (dominio de la coacción).?Las tres especies del salario estatal: el económico, el ideal; el mixto (duradero, transitorio).?El sueldo.?Sustento no equivalente, sino adecuado.
Imposibilidad de la formación de capital con el sueldo.?Instituciones del Estado para el propósito de la obtención de funcionarios públicos y oficiales.?Movimiento del sueldo según la posición estatal.?Perduración del mismo en la jubilación.?Demostración del punto de vista del sustento en el lenguaje.
8) La asociación.
Motivo práctico de la misma.?Inaplicabilidad extensa.?Contraste de los intereses comunes y del interés particular, en la asociación.?El sentimiento común, elevación del egoísmo a lo moral.
Las formas de la asociación.?La sociedad por acciones.?La razón de su gran peligrosidad.
Consideración final sobre el tráfico.?Realización de tres problemas sociales por el mismo: la independencia de la persona en relación con la satisfacción de sus necesidades (colaboración de muchos millares en un objetivo ínfimo).?La igualdad de la persona en el tráfico.?La idea de la justicia en el dominio económico.

CAPÍTULO VIII.?La mecánica social o la palanca del movimiento social.

2.?LO EGOÍSTA DE LA COACCIÓN

Especies: mecánica, psicológica-compulsiva, propulsiva.?Graduación en la aplicación de las mismas.
1) El animal.
Comienzo de la coacción en la creación animada con el animal en contraposición a la mera violencia en la naturaleza inanimada.?Condescendencia contra la coacción?el medio de la autoconservación.?Casos de coacción compulsiva en el mundo animal.
2) El ser humano.?El autodominio de la violencia.
El poder del más fuerte.?La moderación en la violencia en interés propio.?Preservación de la vida del vencido: la esclavitud. La paz con él: sumisión.?El derecho desde el punto de vista de la política de la violencia.?Derecho y violencia.?La misión histórica de la violencia: educación para la obediencia.?La violencia como formadora del derecho, como salvadora en caso de necesidad (derecho del estado de necesidad).
Postulado de la coacción para el objetivo de la realización de los fines del individuo y de la sociedad.
Los fines individuales.
1) La persona y el caudal.?coacción propulsiva.
Autoafirmación de la persona por el propio poder.?La autoayuda, la autodefensa.?Indiferencia originaria del objeto. Interpretación de la antigua Roma.
2) El pacto.?Obligación del cumplimiento.
Superfluidad en la prestación real.?Necesidad en la promesa.?La fuerza obligatoria del contrato.?El punto de vista subjetivo (derecho natural) del social.?Desarrollo gradual de la fuerza obligatoria del contrato.
Ejemplificación en el derecho romano.
Punto de partida realista de la obligación romana.?Grados del desarrollo de la misma.?Contratos onerosos y liberales.?El rendimiento liberal real (obsequio.?Falta de la forma independiente).?La promesa liberal (mandato ?promesa de obsequio).?Falta de la forma independiente para la promesa individual de obsequio; existencia de la misma para lo religioso y lo social: votum y pollicitatio.?Justiniano, el cristianismo.
Los objetivos sociales.
6) La autorregulación de la coacción en la sociedad.
Aseguramiento de los intereses sociales por la violencia unificada. Alianza defensiva y ofensiva.?La sociedad.?Predominio de la violencia de todos sobre la del individuo.?Comparación del mecanismo de la sociedad con el del Estado.
7) La asociación pública.
Asociaciones cerradas y abiertas: las sociedades y las asociaciones.?Exclusividad hacia fuera en aquellas, libre ingreso en éstas.?El impulso a la expansión de las asociaciones.?Formaciones medias.?Expansión histórica de las asociaciones sobre los fines sociales. Elevación de la asociación al Estado.
8) El Estado ?Separación de la sociedad.
La organización social de la coacción.?La coacción externa: el derecho.
9) La violencia.
Relación de la subordinación y de la ordenación.?Postulado del exceso de poder del poder de Estado (anarquía, revolución).?Organización de los medios sociales de poder.?El derecho de coacción del monopolio absoluto del Estado.?Traspaso del ejercicio del mismo a otros vehículos.
10) El derecho,?limitación del mismo por la coacción.
El Estado como poseedor único del poder coactivo, como único vehículo del derecho.?El derecho ?concepto de las normas realizadas por el poder estatal mediante la coacción externa.?(Relación en la autonomía y en el derecho de la iglesia).?Falta de organización de la coacción en el derecho internacional y frente a la persona de los monarcas.?Las tres interpretaciones posibles.
11) El derecho ?el elemento de la norma.
Concepto de la norma (imperativo abstracto para la acción).?Las normas jurídicas.?Criterio de las mismas: realización por las autoridades del Estado ?directamente por la fuerza obligatoria para ellas, indirectamente por la persona privada.?Las tres etapas de los imperativos estatales.
Primera etapa: mandato individual.
Diferencia entre disposición individual y ley individual.?Privilegios administrativos y legislativos.
Segunda etapa: norma obligatoria unilateral.
El primer rudimento para el derecho.?La forma abstracta del mismo. El lenguaje.?Mecanismo interno de la norma.?Los dos elementos componentes: el condicionante (el hecho) y la consecuencia ligada a ella (imperativo).?Figura de la cosa en el despotismo.?Factores del derecho que están ya establecidos aquí conceptualmente: el orden, la igualdad, el derecho subjetivo.?Inseguridad de la realización efectiva.?Influencia de la misma en la formación del sentimiento del derecho.
Tercera etapa: La fuerza obligatoria de la norma.
El imperio del derecho.?La determinación del concepto de la arbitrariedad y de la justicia.?Anudación del último concepto con el de la igualdad.?Igualdad externa e interna.?La idea del equilibrio en el derecho.?Peligro de la sociedad en el desprecio del mismo (la sociedad ?el derecho penal).
Subordinación del poder de Estado a la ley.
1) Motivo.
2) Garantías.
Interna: El sentimiento nacional del derecho.?Reciprocidad entre la realización externa del derecho y el sentimiento jurídico ?el sentimiento del derecho, el sentimiento de seguridad en el derecho.?Condicionalidad del desarrollo del carácter por el último.
Externa: Organización de la justicia.?Separación de la administración.?El hecho de la asistencia jurídica.?Legalismo procesalista.?Instituciones para el propósito de la garantía de la imparcialidad del juez.?El juez profesional.?El juicio por jurados.
3) Los límites de la subordinación del poder público a la ley.
La conveniencia libre en contraste con la obligatoriedad del derecho.?El derecho de legítima defensa del poder del Estado.?Justicia individualizadora.?El derecho de perdón.?Necesidad del complemento según la otra parte.?Individuación romana del derecho privado.
12) El fin del derecho ?las condiciones de vida de la sociedad.
Misión del derecho.?Medida: no verdad, sino exactitud (oposición entre reconocer y obrar).?Aseguramiento de las condiciones de vida de la sociedad.?Relatividad del concepto.?Ejemplificación en el comportamiento de la legislación ante el cristianismo y el problema escolar.?Necesidad del fin, libertad en la elección de los medios.
Clasificación de las condiciones de vida en la sociedad.
1) Lo extrajurídico.
2) Lo jurídico mixto.?Conservación, reproducción de la vida, trabajo, tráfico.?Instinto de autoconservación, sexual y de ganancia.?complementación por la ley.?Celibato.
3) Lo puramente jurídico.?Ineludibilidad de su aseguramiento por la coacción.?Autodefensa de la sociedad contra los delincuentes en la forma de justicia del pueblo.?Ventaja de la justicia del Estado para el delincuente.
El interés común en el orden jurídico.?Desprecio del mismo a favor del interés particular.
Clasificación de las cláusulas jurídicas según la medida de los sujetos del fin (oposición entre sujeto del derecho y sujeto del fin).
Ejemplificación en los fines del individuo, del Estado y de la sociedad en sentido estricto.
1) La relación jurídica en cosas.
La propiedad.?Propiedad individual, de Estado y social ?res publicae? liberalidad individual y social (obsequios, gastos, dedicaciones, fundaciones).?Forma de la institución: fundación independiente, dependiente ?entre vivientes y última voluntad (pollicitatio, testamento).
Las servidumbres ?individual, del Estado, pública.
2) La obligatoriedad.
Los tres sujetos del fin.?Lenguaje: obligación, compromiso, deber, coacción, carga, servicio.
3) El delito.
Determinación del concepto.?Relatividad de las exigencias del castigo.?Carácter más positivo del objeto entre injusticia civil y penal.?La escala de las penas.?Dos factores de la medida legislativa de las penas: valor objetivo del bien lesionado y peligrosidad subjetiva.?El derecho penal escala de valor de los bienes sociales.
Clasificación del delito según la medida de los tres sujetos del fin y sus condiciones de vida (físicas, económicas, ideales).
Reconocimiento del concepto de sociedad por parte de los romanos en la censura y la edilidad.
Definición recapitulatoria del derecho según los aspectos de su forma y de su contenido.
13) Presión del derecho sobre el individuo.
Contribución forzada de cada uno a los fines de la sociedad.?Amplia difusión de las limitaciones jurídicas.?La relación paterna.?La propiedad.?Irrealizabilidad de la interpretación individualista de la misma.?El derecho de defensa de la sociedad y la persona privada frente al mismo.
Expropiación del derecho público y del derecho privado ?modo romano de tratarla? la supuesta santidad de la propiedad.
El problema de los límites del poder del Estado, ?Wilhelm von Humboldt y Stuart Mill.
14) La contraprestación del Estado.
Cuenta del individuo con el Estado.?Desigualdad de la distribución ?predominio sin embargo a favor del individuo.
15) Solidaridad de los intereses de la sociedad y del individuo.
Resumen de los mismos.?La política miope y la de amplia visión.?La formación política.?El cálculo del egoísmo.?Postulados del sentido moral.?Transición a lo siguiente.

CAPÍTULO IX.?Lo moral

1) Insuficiencia del salario y de la coacción para la solución del problema social
2) El Postulado
3) Efectividad de los motivos sociales fuera del salario y la coacción
I.?TESTIMONIOS DEL LENGUAJE SOBRE LO MORAL

4) La autoridad del lenguaje en cosas de lo moral.
5) La costumbre del punto de partida lingüístico ?el significado originario de la palabra costumbre.
6) Delimitación lingüística entre costumbre y hábito.
El elemento de la norma general ?razón de la fuerza obligatoria de la costumbre? costumbre y derecho consuetudinario.
7) Delimitación lingüística de la costumbre y de lo moral.
Contraste entre forma y contenido de la acción ?expresiones de la primera (formas, modales, especie, y otras)? el elemento estético de la forma (decoro, decus, gracia, benevolencia, encanto amoroso) ?conducta, esencia en contraste con carácter? el sentimiento de decoro o tino en contraste con el sentimiento de la moralidad.
8) Elevación del sentimiento de oportunidad a tacto.
Función crítica y práctica de ambos sentimientos ?el último equivalente a tacto y conciencia.
9) La costumbre ?progreso del pensamiento práctico desde la antigüedad.
Separación lingüística gradual de costumbre, moral, derecho ?griegos (SÍKN), romanos (fas, jus, more), alemanes (Recht?Moral?Sitte).
10) Lo moral ?la expresión del lenguaje? La confrontación de lo moral con la costumbre.
Pobreza del lenguaje en relación con lo moral ?moral, ético? comunidad del origen de lo moral y de la costumbre ?diversidad de la valoración: limitación local y nacional de la costumbre (costumbre popular, nacional). Generalidad de lo moral.
11) La declaración del lenguaje.?Confrontación de lo moral y de lo conveniente.
La norma para los fines y la implicancia de los medios por el fin ?responsabilidad de la voluntad en la elección de los medios justos, influencia de la voluntad en el pensamiento? la pereza mental (culpa) ?responsabilidad moral por ello.
12) La relación de lo moral con el egoísmo.
El establecimiento de los fines del yo ?la esfera animal (conservación de sí mismo)? la humana: egolatría, codicia, egoísmo (unidad de la afirmación y la conciencia de sí mismo). La superación de los fines sobre el yo: abnegación, desinterés.?El yo no es el sujeto del fin de lo moral.
13) Contraste de lo moral y lo inmoral.
Forma negativa del contraste ?diferencia del mismo de lo moralmente ordenado y prohibido? el olvido inmoral de una acción de la voluntad.
14) Lo permitido ?el sujeto del fin de lo moral.
Lo permitido del lenguaje a consecuencia del único eslabón posible entre lo moral y lo inmoral.?El yo del lenguaje no es el sujeto del fin de lo moral ?tampoco Dios? la sociedad.

II.?LO MORAL COMO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

15) La ciencia ?plan de investigación? los tres problemas cardinales de la ética.?El Sistema histórico-social de la ética.?La ética del futuro.
El contraste de lo moral subjetivo y objetivo (las normas morales y la voluntad moral).?Los tres puntos cardinales de la ética que se vinculan con eso: el origen de las normas, el fin de las mismas, su realización por la voluntad.?Plan de la siguiente investigación.
Conservación de la forma imperativa de lo moral.?La norma moral no es ninguna ley interior del sujeto, sino un mandato externo de la sociedad.?El fin social como fuente de todas las normas morales ?contraste de la teoría histórica y nativista.?La formación histórica de la voluntad moral por la sociedad.?Carácter no histórico de la ética hasta aquí.?Los tres puntos de vista: el psicológico, el teológico, el histórico.?La ética del porvenir.

PRIMERA SECCIÓN
LA TEOLOGÍA DE LO MORAL OBJETIVO

16) Los sujetos posibles del fin de lo moral.
El problema del fin en lo moral ?contraste del fin objetivo y del motivo subjetivo en lo moral.?Separación del último.?El problema del fin puesto en el del sujeto del fin.?¿Dios? ?¿el animal? (malos tratos a los animales)? ¿el hombre??El individuo imaginado como sujeto del fin: la teoría teleológica individualista.?Crítica de la misma ?total insostenibilidad.?La sociedad como único sujeto posible del fin.
17) El progreso desde la teoría individualista a la social.
Los primeros rudimentos (Leibniz, Kant, Bentham).?La ética social de A. von Ottingen.
18) La teoría social ?fundamentación de la misma sobre vías deductivas.?El orden social ?diferencia de lo moral subjetivo y objetivo.?El instituto de conservación de la sociedad.?El egoísmo social ?eudemonismo ?utilitarismo ?la medida de lo útil social.
Deducción de la teoría desde los conceptos del todo ?lo popular, el orden, las normas, la coacción.?Insuficiencia del orden jurídico, de la ley de la costumbre, del sistema de coacción social.?Congruencia de la ley de la costumbre con el orden moral objetivo ?el egoísmo al servicio del mismo, aparición del último donde aquél fracasa.
Deducción de la teoría desde el concepto de la persona.?La sociedad como ser vivo.?Las condiciones de vida de la misma y las exigencias de la propia conservación.?Lo moral desde el punto de vista del egoísmo de la sociedad.?Unidad del orden mundial en la idea de la autoafirmación (individualista y social.?Elevación del egoísmo social al eudemonismo.?Relatividad de la medida.?Justificación de la aspiración al bienestar.?La alegría pública (las fiestas).
El utilitarismo social como sistema ético.?Medida de lo socialmente útil: lo permanente en el contraste con lo transitorio y la dirección al lado en oposición a la dirección hacia la parte.
19) Los conceptos básicos del mundo moral a la luz del utilitarismo social.
1. El contraste de bueno y malo.
2. El concepto de la virtud.
3. El concepto del deber.
4. La justicia.
20) El elemento del fin en los imperativos sociales.
1) La moda.
Definición del concepto.?Diferencia de la indumentaria.?El motivo social de la moda: la diferenciación de las clases.
2) La costumbre.

TEORÍA DE LA COSTUMBRE

1) Diferencia conceptual entre la costumbre y el hábito.
2) Elevación del hábito a la condición de costumbre (convites de los funerales, propinas).
3) El descenso de la costumbre al uso prácticamente insignificante.
4) La mala costumbre o la inmoralidad (el duelo).
5) La buena costumbre.
Insuficiencia del punto de vista estético.?Significación éticapractica del mismo.?Comprobación heurística de la misma.?La mujer en la protección de la costumbre, la honestidad como protectora de la moral.
La esencia de la costumbre.?Los tres rasgos característicos de la misma: 1) diferencia interior de la moral? 2) el fin profiláctico: la costumbre como policía de seguridad de lo moral ? 3) localización de la misma en contraste con la moral.
Comprobación del resultado adquirido.?La disputa entre instruidos e ignorantes, seguridad del trato pacífico por la costumbre.?Los días de fiesta; su fin positivo en oposición a los simplemente profilácticos.?Resumén de los dos fines desde el punto de vista de la función moralizadora de la costumbre.
6) La sistemática de la costumbre.
Contradicciones. En lo concerniente a su valor: la costumbre mala, la socialmente indiferente, la socialmente valiosa.?En relación con su contenido: dar y hacer (coacción personal y de prestación de la costumbre).

I.?LA COACCIÓN DE LA PRESTACIÓN
? LOS COMPROMISOS SOCIALES

1. La coacción de la liberalidad (el obsequio decoroso, munus).
2. La coacción de la solución (deudos de juego, propinas).
3. La coacción de la hospitalidad.

II. LA COACCIÓN PERSONAL.

El comportamiento ?finalidad de las restricciones en relación con el mismo: egoístas, altruistas.
7) La costumbre general (costumbre popular) y la particular (costumbre de clase).
Extensión de la costumbre a todos los dominios de la vida.?De la materia de la costumbre en la figura del derecho.?La costumbre pública (parlamentaria); la eclesiástica; la de derecho natural.
La costumbre de la clase ?oficiales (duelo ?despedida), ministros (retiro), clero.
Distinción especial de las tres manifestaciones de la costumbre para una consideración más detenida: la indumentaria, las formas de trato, la representación social.
8) La indumentaria.
Concepto y especies: el traje nacional ?indumentaria masculina y femenina ?vestido de luto y de fiesta? uniforme ?fin práctico.
9) Los modales.
Necesidad del tratamiento científico ?el trato? diferencia de la relación ?el trato como institución social y como deber social? seguridad del trato por la costumbre ?valor práctico de los modales? influencie ética de las mismas en los individuos ?organización del trato por las mismas? posibilidad y necesidad de una teoría del mismo.

TEORÍA DE LOS MODALES

10) Crítica científica de los modales.?Reglas legítimas e ilegítimas del decoro.
La medida ?el demasiado y el demasiado poco (caprichos y connivencias de la costumbre).
11) Las medidas de su costumbre: decoro, cortesía, tacto.
Diferenciación de las mismas por parte del lenguaje.?Limitación lingüística de los tres círculos de representación.?Diferenciación conceptual de los mismos.?Contraste de la decencia y de la cortesía.?Elemento de lo absoluto y de lo relativo, de lo negativo y de lo positivo.?Posibilidad de la graduación en el decoro según el aspecto negativo, en la cortesía según el aspecto negativo y el positivo.?Desmoronamiento psicológico de la oposición (franceses, ingleses).
12) El decoro.
Fin negativo: alejamiento de lo inconveniente.
1. El concepto de lo repulsivo.
Elemento interno y externo ?perceptibilidad.?La situación de fuerza.?Lo indecente público.?Concurrencia ideal de lo indecente público con la inmoral y lo antijurídico.?El disgusto.
2. La medida de lo repulsivo.
Validez general en la subjetividad y la relatividad del mismo.?Concordancia y divergencia en los diversos pueblos (analogía del jus gentium y del jus civile). Tolerancia del sentimiento nacional de decoro (casos de connivencia de tiempos antiguos y modernos ?el tabaco).
3. Las categorías de lo repulsivo.
1. Lo repulsivo sensual.
Lo indecente sensualmente mediato e inmediato (asqueroso).
2.?Lo estéticamente repulsivo.
a) El cuerpo humano ?el auxilio del arte.
b) El vestido.
c) Satisfacción de la necesidad corporal ?forma animal y humana.?Estética de la comida y la bebida.?Desarrollo histórico de las formas de la comida, transición del comunismo al individualismo.
d) El lenguaje ?el lenguaje de la plebe ?los barbarismos.
3. Lo repulsivo patológico.
Efecto del dolor, del sufrimiento, de la pasión en los otros.?Alejamiento de la excitación de sentimientos simpáticos ?de los antipáticos? el mal capricho ?la virulencia? la explosión, las escenas.?La justificación de la vivacidad.
4. Lo repulsivo sexual (lo indecente).
Razón práctica de su prohibición,?límites de la misma.?Lo indecente del camaleón ético.

II.?LA CORTESÍA

13) La cortesía. Concepto, esencia, fenomenología de la misma.
Protección positiva de la persona por la cortesía en contraste con el decoro puramente negativo y del derecho ?definición social del fin de la cortesía.?Urbanidad reglamentada.?Los dos pensamientos básicos: respeto y benevolencia.
El respeto.
El concepto de valor en la aplicación a la persona: dignidad, honor, respeto.?Carácter negativo de la pretensión jurídica al honor, carácter positivo de la exigencia social al respeto.?Las manifestaciones del lenguaje sobre ambos.?El pun

Autor
Traductor
Colección
Crítica del Derecho * Arte del Derecho
Número en la colección
8
Materia
Filosofía del Derecho
Idioma
  • Castellano
EAN
9788498368185
ISBN
978-84-9836-818-5
Depósito legal
GR. 1208/2011
Páginas
680
Ancho
17 cm
Alto
24 cm
Edición
2
Fecha publicación
28-04-2011
Tapa dura
61,75 €
Descuento 5%65,00 €

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