CONSTITUCIÓN ECONÓMICA Y DERECHO AL TRABAJO EN LA UNIÓN EUROPEA

(Autora)

En los textos fundamentales de la segunda posguerra mundial el Trabajo se configuraba como el epicentro de la cuestión social que aglutinaba al conjunto de disposiciones normativas dirigidas a la satisfacción simultánea de una exigencia económica y, de una expectativa social. La exigencia demandada por el régimen de acumulación de incremento de la productividad y crecimiento económico y, la expectativa existencial de mayores cotas de bienestar .
La intervención pública en el sistema econòmico en una dirección de ruptura con respecto a la miscelánea de políticas asistenciales y represivas del constitucionalismo liberal, se materializaba en el Estado social en una coordinación entre las dinámicas de demanda y producción a través del proceso redistributivo. La socialización de la inversión, junto con la vinculación entre la relación salarial y el régimen de la acumulación, generaba un círculo virtuoso entre las capacidades de producción y la progresión de consumo de las clases trabajadoras que favorecía la creación de riqueza y su distribución. Al mismo tiempo, el Trabajo se presentaba como la fuente directa de legitimación del sistema en términos de adhesión social y de estabilidad política. Con la finalidad de que el tradicional antagonismo entre los protagonistas del conflicto distributivo se pliegue a la apreciación racional de los costes y beneficios que comportan sus acciones y, de reforzar la legitimidad estatal, el constitucionalismo social acaba trasladando a las Constituciones del siglo veinte su propia matriz ideológica, la que legitimaba la centralidad del Trabajo en la nueva forma de Estado social.
Frente a la dogmática del Estado liberal que presuponía un mercado en el que los sujetos están dotados de una misma fuerza contractual y son libres para regular sus propias relaciones de intercambio, y en el que «ninguna relación de poder es concebible entre sí y la conexión social está asegurada por el intercambio de mercancías, donde el predominio de las reglas creadas por las partes que actúan en base a su voluntad en un contexto legal determinado en base a sus expectativas, implicaba ante todo y sobre todo la fractura con una realidad caracterizada por las distinciones sociales y los privilegios» . En el Estado Social el papel funcional asignado al conflicto de intereses capital?trabajo como principio básico del nuevo marco constitucional de relaciones laborales supone por un lado, el reconocimiento jurídico constitucional de la subjetividad política del trabajo que implica la traslación de los conflictos a la esfera política. Por otro, la intervención estatal en el mercado de trabajo como noción de cierre de excepcional trascendencia. Doble dimensión que se registra en la estructura de los derechos sociales y dentro de éstos, y de manera principal, en los derivados de las relaciones laborales.

INTRODUCCIÓN: ALGUNAS CONSIDERACIONES A PROPÓSITO DEL DERECHO AL TRABAJO
CAPÍTULO I. EL MODELO ECONÓMICO DEL CONSTITUCIONALISMO SOCIAL
1. APROXIMACIONES GENERALES
2. LA CONSTITUCIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO SOCIAL
3. LA CONSTITUCIÓN ECONÓMICA DE LA GLOBALIZACIÓN
3.1. El Estado como principal agente globalizador
3.2. Globalización versus Estado social
4. LA RUPTURA DEL ESTADO SOCIAL: UNA APROXIMACIÓN CONCEPTUAL A LAS BASES MATERIALES DE LA NUEVA FORMA DE ESTADO
4.1. El Estado regulador como forma de actuación económica del Estado mercado
4.2. El Estado mercado
CAPÍTULO II. LA CONSTITUCIÓN ECONÓMICA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO EUROPEO
1. MERCADO COMÚN Y TRATADOS CONSTITUTIVOS DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
2. LA TRANSICIÓN DEL MERCADO COMÚN A LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
2.1. Hacia la UEM: el Acta Única Europea
2.1.1. El principio de mutuo reconocimiento: el mercado único como ámbito de decisión del orden de regulación
2.1.2. Políticas sociales y compatibilidad con el mercado único
2.1.2.1. El principio de regulación mínima (art. 118A), la regla de la mayoría cualificada (arts. 100A y 100B) y el diálogo social (art. 118B)
2.1.2.2. La cohesión económica y social (arts. 130A y 130B)
3. LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA: EL TRATADO DE MAASTRICHT
3.1. El modelo del constitucionalismo económico europeo: el Estado regulador
3.2. La gobernanza económica europea
3.2.1. El gobierno débil
3.2.2. El control fuerte
4. (SIGUE) LA UEM EN EL TRATADO DE ÁMSTERDAM
4.1. El reforzamiento de la gobernanza económica: el Pacto de Estabilidad y Crecimiento
4.1.1. La reforma del Pacto de Estabilidad y Crecimiento
4.2. Las políticas económicas y monetarias como marco de definición de la política de empleo comunitaria
5. TRATADO POR EL QUE SE ESTABLECE UNA CONSTITUCIÓN PARA EUROPA: LA «ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO ALTAMENTE COMPETITIVA»
6. (SIGUE) LA UEM EN EL TRATADO DE LISBOA
7. LAS TEORÍAS SOBRE LA CONSTITUCIÓN ECONÓMICA EUROPEA
7.1. Integración europea y constitución económica
7.2. La Unión Económica y Monetaria como momento de materialización de la nueva constitución económica
7.2.1. Tratado de la Unión y orden económico
CAPÌTULO III. EL DERECHO AL TRABAJO EN LA UNIÓN EUROPEA
1. LA DEFINICIÓN DEL TRABAJO DESDE LA INSTANCIA EUROPEA: EL DERECHO DEL TRABAJO COMUNITARIO
1. 1. El trabajo en el derecho primario comunitario
1.1.1. El paradigma económico funcional
1.1.2. La filosofía de la nueva armonización: la política social comunitaria como espacio de competencia
1.1.3. Del derecho al trabajo a la empleabilidad
1.1.3.1. Los prolegómenos: el Consejo de Essen y la nueva estrategia para la política de empleo de la Unión
1.1.3.2. La consagración de la competitividad como referente primario de la estrategia coordinada para el empleo
1.1.4. El derecho al trabajo en la CDFUE: la consolidación del principio económico del trabajo como libertad
1.1.4.1. Artículo 15. Derecho a trabajar, Libertad profesional
1.1.4.2. Artículo 30. Protección en caso de despido injustificado
1.2. Análisis del derecho laboral comunitario desde la perspectiva de la normativa de derecho derivado: las Directivas 75/129/CE, 80/987/CE, 96/71/CE, 97/81/CE y 1999/70/CE
1.3. El trabajo en las fuentes no normativas
1.3.1. La Estrategia de Lisboa
1.3.2. El Libro Verde sobre la modernización del derecho del trabajo
1.4. El TJCE y la articulación de la relación libertades económicas ? normativa laboral: especial referencia a la jurisprudencia relativa al desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios
1.4.1. La liberalización de los vínculos sociales al mercado: el principio de mutuo reconocimiento como precondición para la liberalización y su repercusión en la libre prestación de servicios
1.4.2. La garantía de la ventaja competitiva como contenido esencial de la libre circulación de servicios
1.4.3. Libre prestación de servicios vrs. dimensión colectiva del derecho al trabajo
CAPÍTULO IV. CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA

Autora
Colección
Trabajo y Seguridad Social
Número en la colección
56
Materia
Laboral
Idioma
  • Castellano
EAN
9788498368093
ISBN
978-84-9836-809-3
Depósito legal
GR. 712/2011
Páginas
280
Ancho
17 cm
Alto
24 cm
Edición
1
Fecha publicación
23-03-2011
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