A TREINTA AÑOS DE LA ADOPCIÓN DEL CONVENIO Nº 150 DE LA OIT SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO. UN DIÁLOGO ENTRE EUROPA Y AMÉRICA LATINA

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La finalidad de este Seminario Internacional A treinta años de la adopción del Convenio (núm. 150) de la OIT sobre la administración del trabajo (1978): Balance y perspectivas, un diálogo entre Europa y América Latina, celebrado en la Universidad de Granada (España) en cooperación con la OIT, Servicio de Diálogo Social, Legislación y Administración del Trabajo, es poner de relieve el papel que las administraciones del trabajo pueden desempeñar en tanto que actores de un desarrollo duradero de los recursos humanos. La OIT siempre ha considerado la prestación del apoyo a las administraciones del trabajo como uno de los componentes importantes de su asistencia técnica en la medida en que la OIT promueve las orientaciones en favor de la justicia social para una globalización equitativa. En este marco, la administración del trabajo es un actor esencial.
Hace 30 años se adoptó el Convenio sobre la administración del trabajo, 1978 (núm. 150) y la Recomendación (núm. 158) de la OIT, lo que permitió entregar una nueva herramienta de gobernanza a los constituyentes de la organización. Este año, la OIT organiza una serie de actos conmemorativos como este Seminario Internacional de Granada (España), que congregó a funcionarios/as de los ministerios de trabajo y representantes de los interlocutores sociales y académicos del mundo entero para discutir entre otras, de las siguientes cuestiones:
a. ¿Qué medidas están adoptando los ministerios de trabajo para lograr el trabajo decente mediante una buena gobernanaza del mercado de trabajo?
b. ¿Qué mecanismos y procesos se han utilizado para reorganizar la administración del trabajo con vistas a promover el trabajo decente?
c. ¿De qué manera contribuyen los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones a la adopción de servicios y prácticas eficientes y responsables en materia de administración del trabajo?
d. ¿Cómo puede la OIT respaldar mejor tales incitativas?

La mayor parte de los oradores insistieron en la importancia que reviste para cada Estado Miembro el disponer de una administración de trabajo eficaz para velar por la legislación y la practica nacionales, y por el respeto de los derechos humanos reconocidos en las normas fundamentales de trabajo de la OIT. Subrayaron la flexibilidad y la pertinencia del Convenio y de la Recomendación en momentos en que cambios rápidos y profundos afectan el mundo del trabajo. Recordaron que, dentro del marco de estos instrumentos, la OIT había desarrollado la ventaja que ofrece un enfoque sistémico en el que están asociados el Estado y todos los demás actores, en especial los interlocutores sociales, en la esfera del trabajo, el empleo y la formación profesional.
¿Qué es la administración del trabajo? En primer lugar, debemos definir el termino administración del trabajo. El Convenio (num. 150) y la Recomendación (num. 158) sobre el cometido, las funciones y la organización de la administración del trabajo, 1978, establecen un marco internacional en el que se realiza la labor de preparación, aplicación, coordinación, supervisión y evaluación de las políticas laborales nacionales.
El Convenio define el concepto de administración del trabajo y las diferentes esferas que abarca, a saber, como un conjunto coherente de políticas laborales nacionales, un sistema coordinado, una organización que garantice la participación activa de los empleadores y los trabajadores y de sus respectivas organizaciones, y una dotación adecuada de recursos humanos, financieros y materiales que permitan ofrecer servicios eficientes y eficaces.
En el plano nacional, esta estructura por lo general es parte del Ministerio de Trabajo o de entidades administrativas afines.
Sus principales esferas de actividad se reúnen en la contribución de las administraciones del trabajo nacionales a la consecución de condiciones en las que las mujeres y los hombres puedan conseguir un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana. Además la administración del trabajo guarda relación con todas o una parte de las siguientes cuestiones, según el país de que se trata:
Trabajo: condiciones de trabajo, salarios, condiciones de empleo, salud y seguridad en el trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, medio ambiente.
Empleo: política nacional de empleo, regimenes de seguros de desempleo, orientación profesional, formación profesional, programas, servicios de empleo.
Relaciones laborales: definición del marco general y de las reglas para la representación de los trabajadores y de la dirección, negociación colectiva, solución de conflictos colectivos e individuales.
Información e investigación: recopilación de información, estudios y encuestas, previsiones, difusión e información.

Como se puede notar, no hay modalidades de organización o de funcionamiento aplicables a todos los casos o a las que se otorgue preferencia, ya que los ministerios y/o entidades administrativas conexas pueden adoptar diferentes formas y denominaciones. Sin embargo, esas estructuras deben cubrir las principales funciones o esferas de actividad de la administración del trabajo y, sobre todo, deben ser coordinadas.
El concepto de administración del trabajo engloba los principios de lo que se conoce como «buena gobernanza»: i) participación (diálogo social y tripartismo); ii) credibilidad (políticas, leyes y normas equitativas que sean conocidas y aplicadas de forma uniforme); iii) transparencia (toma de decisiones, información y servicios gubernamentales a disposición de todos); iv) responsabilidad (una organización abierta que rinda cuentas por sus mandatos y sus actividades).
Las fortalezas de la administración del trabajo se ven representadas al ser un actor reconocido en el marco de la formulación de políticas económicas y sociales; ser un observador bien informado de las tendencias y de la evolución de la sociedad gracias a su relación privilegiada con los interlocutores sociales; ser una importante fuente de información en su ámbito de competencia para la toma de decisiones del gobierno, los empleadores y los trabajadores; ser un intermediario activo para prevenir y resolver conflictos laborales y ofrecer soluciones pertinentes para atender las necesidades cambiantes de sus usuarios.
También tienen sus retos. En este sentido las condiciones en las que operan las administraciones del trabajo han cambiado de forma espectacular en los últimos decenios en razón de la evolución tecnológica, económica y política, y de la mundialización del comercio. Algunas administraciones del trabajo aprovecharon esos acontecimientos para volver a asentar su legitimidad y desarrollo e incluso introducir una nueva dinámica. Otras parecen haber perdido su razón de ser y su influencia.

INTRODUCCIÓN a cargo de Giuseppe Casale y José Luis Monereo Pérez .

PARTE PRIMERA:
ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO Y RELACIONES LABORALES: HISTORIA,
PRESENTE Y FUTURO

Administración laboral en las previsiones de la OIT, y en España. Una visión de síntesis
José Vida Soria .

Administración del Trabajo: el papel de la OIT
Giuseppe Casale .


PARTE SEGUNDA:
LOS ANTECEDENTES DEL CONVENIO 150 SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO (1978). UN BALANCE A TREINTA AÑOS DE SU ADOPCIÓN Y SU INFLUENCIA EN LA CONSOLIDACIÓN DE UN SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO. NUEVAS EXIGENCIAS Y
PERSPECTIVAS DE FUTURO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO

La Administración del Trabajo: situación actual y perspectivas
Gianni Arrigo .

El Convenio n.º 150 de la OIT sobre la Administración del Trabajo y la experiencia española
Juan García Blasco .

El modelo de Servicio Público de Empleo en la OIT
Carolina Serrano Falcón .

La aplicación del Convenio n.º 150 de la OIT en el sector agrario. Principios rectores y retos de futuro de la Administración del trabajo agraria
Juan Romero Coronado .

El papel de la Administración del Estado en las Políticas Migratorias y en los Derechos Sociales Fundamentales de los trabajadores extranjeros inmigrantes
Luis Ángel Triguero Martínez .


PARTE TERCERA:
ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO E INSPECCIÓN. EL ESTADO DE LA CUESTIÓN DESDE LA REALIDAD EUROPEA Y LATINOAMERICANA: LAS TENDENCIAS MÁS RELEVANTES Y
LAS ASIGNATURAS PENDIENTES

Administración del Trabajo y Sistemas Nacionales de Inspección
José Luis Monereo Pérez .

Los retos de los sistemas europeos de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la sociedad global del siglo XXI: entre tradición y renovación
Cristóbal Molina Navarrete .

Administración del Trabajo e Inspección. El estado de la cuestión desde la realidad latinoamericana. Las tendencias más relevantes y las asignaturas pendientes
Rolando Murgas Torrazza .

La Inspección de Trabajo y la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres
Rosa Quesada Segura .

La descentralización de la inspección de trabajo en el marco de los Convenios internacionales de la OIT
María Luz Vega Ruiz .


PARTE CUARTA:
ADMINISTRACIÓN DEL TRABAJO, DIÁLOGO SOCIAL Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL. UNA APROXIMACIÓN DESDE LA REALIDAD EUROPEA Y LATINOAMERICANA: LOS
GRANDES RETOS Y LAS ASIGNATURAS PENDIENTES

Concertación y diálogo social
M.ª Nieves Moreno Vida .

Administración del Trabajo y Diálogo social: unas líneas introductorias en perspectiva latinoamericana, a propósito de una conmemoración
Humberto Villasmil Prieto .

La integración del diálogo social en la Administración del Trabajo: significado actual y desafíos
José Antonio Fernández Avilés .

Administración del Trabajo y Responsabilidad Social Empresarial
Miguel Ángel Almendros González .

El papel de la Administración Laboral en la tramitación y control de los convenios colectivos erga omnes. Una mirada a los Convenios y Recomendaciones de la OIT
Natalia Tomás Jiménez .

Director
Director
Coordinador
Coordinador
Colección
Trabajo y Seguridad Social
Número en la colección
50
Materia
Laboral
Idioma
  • Castellano
EAN
9788498366969
ISBN
978-84-9836-696-9
Depósito legal
GR. 2524/2010
Páginas
352
Ancho
17 cm
Alto
24 cm
Edición
1
Fecha publicación
10-06-2010
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Sobre José Luis Monereo Pérez (director)

  • José Luis Monereo Pérez
    es Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Granada. Presidente de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social (AESSS). Experto Independiente de la Comisión No Permanente del Pacto de Toledo. Experto Independiente de la Carta Comunit... Ver más sobre el autor

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